Intento de fraude bancario a una pyme para realizar blanqueo de capitales

Fecha de publicación 06/08/2024
Intento de fraude bancario a una pyme para realizar blanqueo de capitales

¿Qué ha ocurrido?

Se puso en contacto con la línea telefónica del servicio ‘Tu Ayuda en Ciberseguridad’ una usuaria, empleada y dueña de una pequeña empresa, para consultarnos sobre una posible estafa en la que aparentemente los ciberdelincuentes pretendían llevar a cabo un blanqueo de capitales.

Según nos relató, unos supuestos clientes les habían contactado a través de correo electrónico, solicitando presupuesto para realizar diversos servicios de los que ofrecen, los cuales ascendían alrededor de los 2.000€.

Tras aceptar el presupuesto, les mencionaron que querían realizar el pago por adelantado. Al día siguiente, cuando nuestra usuaria llegó a su local, encontró que alguien había introducido por debajo de la puerta un cheque con valor de 12.000 €, el cual no era posible hacer el cobro antes de que hubiesen pasado 60 días.

Nuestra usuaria empezó a sospechar, puesto que la cantidad era mucho mayor de la acordada. Decidió buscar a través de Internet y encontró información sobre un tipo de estafa en la que los ciberdelincuentes, después de aportar un cheque con una cuantía elevada, más tarde pretenderían solicitar la devolución de la diferencia del presupuesto y la cantidad indicada en el cheque. Por lo que, decidió ponerse en contacto con nosotros para recibir asesoramiento.

¿Qué pautas le hemos dado?

Desde nuestro servicio le explicamos que siempre es necesario usar el sentido común y sospechar ante situaciones con formas de actuación no habituales como la que había vivido. Le felicitamos por no haber realizado ninguna acción y decidir ponerse en contacto con nosotros, y, además, le ofrecimos las siguientes recomendaciones y pautas:

  • Cortar cualquier tipo de comunicación con los ciberdelincuentes.
  • No realizar el cobro del cheque.
  • Recopilar todas las evidencias posibles, como los emails intercambiados y el propio cheque, y con ellas:
    • Realizar una denuncia ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
    • Realizar comunicación de los hechos al SEPBLAC, en base al art.18 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.

Por último, le indicamos que ante cualquier duda que les pueda surgir, pueden volver a contactar con el servicio de ‘Tu Ayuda en Ciberseguridad’ de INCIBE, de 8:00 a 23:00, los 365 días del año.

Tu Ayuda en Ciberseguridad