Nuestra historia real nos cuenta la experiencia de Alfredo, un empleado muy eficiente pero que por su carencia en formación en seguridad «metió la pata». Alfredo lleva 30 años trabajando como administrativo en la misma empresa de venta de recambios para automóviles. Se trata de una empresa pequeña por lo que Alfredo es como de la familia, siempre ha sido elogiado por su buen hacer en el trabajo y cuenta con todo el apoyo y la confianza de sus jefes.
¿Aún no conoces la herramienta de autodiagnóstico?, ¿Conoces tus riesgos?, con ella en tan solo cinco minutos podrás evaluar el nivel de ciberseguridad de tu empresa y valorar qué aspectos son susceptibles de mejora para obtener mayores niveles de protección.
Valeria es una empresaria entusiasmada con el mundo de la moda. Siempre tuvo mucha creatividad para el diseño de nuevos modelos y una vez acabados sus estudios decidió montar una pequeña empresa y crear su propia firma. Todo iba viento en popa, la firma de Valeria cada vez era más conocida en el mundo de la moda. Tan segura estaba de su valía y la de su equipo que decidió probar suerte en un concurso a nivel nacional. El premio daría mucha difusión a su marca, apareciendo en las publicaciones más importantes del sector.
Con el nuevo Reglamento de Protección de Datos, se introduce una nueva figura, la del DPO o DPD, es decir, el Delegado de Protección de Datos (Personales) o de Privacidad. Otras siglas más que se suman a las ya conocidas según comentábamos en el artículo: «CEO, CISO, CIO… ¿Roles en ciberseguridad?» Además, algunas empresas han nombrado recientemente un CDO o Responsable de Datos. Con tanta sigla se ha despertado la cuestión sobre quién puede o debe desempeñar la nueva tarea. Muchos responsables de datos, seguridad y privacidad: ¡de película! Como aquel spaguetti-western: «El bueno, el feo y el malo», el CDO, el CISO y el DPO se necesitan para encontrar el tesoro.
Desde el 25 de mayo es obligatorio el cumplimiento del RGPD, el Reglamento General de Protección de Datos, la normativa europea que armoniza las anteriores normativas de privacidad de los países de la UE con el objetivo de crear un marco de confianza para que pueda desarrollarse un mercado único digital. Esta normativa tiene su reflejo en la forma en la que las empresas han de abordar la ciberseguridad, tanto en su vertiente técnica como organizativa. Pero, ¿sabemos cómo se reparten las responsabilidades para su cumplimiento?
El día 12 de mayo se celebra el Día Europeo de las Pymes y lo queremos aprovechar para resaltar la importancia de la ciberseguridad en un mundo mayoritariamente tecnológico, ya sea a nivel de protección, o como factor a la hora de generar confianza.
El próximo día 25 de mayo comenzará a aplicarse la nueva normativa relativa a la privacidad: el tan mencionado RGPD. También se está tramitando la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal. La actual LOPD y su reglamento seguirán en vigor con carácter subsidiario, es decir, para aquello que no esté regulado y no contradiga a la nueva normativa. Para apoyar a las pymes en el cumplimiento de los requisitos de seguridad del reglamento publicamos un nuevo servicio que esperamos facilite la tarea de abordarlo. En este artículo repasamos los principios en que se basa y proponemos un checklist de responsabilidad proactiva.
En este artículo examinaremos las características de la ciberseguridad en el sector educativo. ¿Qué características especiales tiene la ciberseguridad en estas empresas? ¿Cómo les afectan los incidentes de fuga de datos? ¿Qué medidas tendrían que adoptar para prevenirlos y mitigarlos?
El pasado 28 de enero se conmemoraba el Día europeo de la protección de datos, celebrando el aniversario de la firma del Convenio del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal en 1981. Está claro que como usuarios de la tecnología nos interesa pero, ¿cómo se tratamos los datos personales en la empresa?